CONCEJO DELIBERANTE / PROYECTO DE ORDENANZA / PAVIMENTACIÓN CALLE RÍO GALLEGOS / BARRIO SARMIENTO / Hoy jueves, el Concejo Deliberante aprobará con los votos del oficialismo un proyecto para una obra de cordón cuneta de hormigón en a calle Río Gallegos entre calle Atahualpa Yupanqui y Presidente Arturo Illia. La obra se hará con la modalidad de Contribución Mejoras. Resta saber si los bloques de Nuevas Ideas y Hacemos Unidos por Río Tercero acompañan la aprobación.
Que se receptara la solicitud de vecinos de la calle Río Gallegos, de Barrio Sarmiento para que se ejecute la obra de Cordón Cuneta de hormigón simple.
El proyecto contempla que dentro de los siete días hábiles de promulgada la presente Ordenanza, la Secretaría de Obras Públicas abrirá un registro por el término de ocho días corridos para que los propietarios afectados formulen la oposición de la obra.
De obtenerse dentro del plazo establecido una oposición superior al cuarenta por ciento (40%) de los frentistas, la presente Ordenanza quedará sin efecto de ejecución. Vencido dicho término, la misma será obligatoria para la totalidad de los propietarios de los inmuebles.
Valor y Pago de las Obras: El costo de la Contribución por Mejoras se establece en el siguiente valor unitario por m2: cordón cuneta en $48.943,49.
MODALIDAD DE PAGO
- Pago de contado con un diez por ciento (10 %) de descuento sobre el monto de la obra a través de todos los medios de pago vigentes (efectivo, tarjetas de débito, crédito, entrega de valores, etc.)
- Pago de contado con un diez por ciento (10%) de descuento sobre el monto de la obra y financiación en seis (6) cuotas sin interés con Tarjeta Naranja, cuatro (4) cuotas sin interés con tarjeta VISA y Cordobesa Banco de la Provincia de Córdoba y tres (3) cuotas sin interés con CABAL del Banco Credicoop y VISA y MASTER del Banco MACRO.
- Planes de pago a través de financiación municipal, en hasta seis (6) cuotas mensuales con tasa de interés del cuatro como cinco por ciento (4,5%) mensual (Sistema Francés).
- Se podrá otorgar mayor cantidad de cuotas por razones socio – económicas debidamente fundadas del contribuyente y ad referéndum del Concejo Deliberante.
- La fecha de pago de la primera cuota y cuotas restantes será dispuesta mediante Decreto del Departamento Ejecutivo. Asimismo, el frentista que estando al día en sus cuotas optará por cancelar las restantes podrá hacerlo, aplicándosele a cada una de ellas al día de la cancelación el valor de la cuota vigente, o bien anticipar cuotas que serán acreditadas al pago de las últimas cuotas.