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Cámara del crimen: más condenas a abusadores sexuales

CÁMARA DEL CRIMEN / JUDICIALES / El pasado miércoles 11 de junio  finalizó una audiencia en la Cámara en lo Criminal y Correccional de Río Tercero: En los autos “A., F.E. p.s.a. Abuso Sexual Gravemente Ultrajante y etc.” se llevaron a cabo los últimos actos procesales del juicio presidido por José Argüello y que contó con la asistencia en sala de la secretaria Claudia Franco, el imputado F.E.A. (37) con su defensor Nicolás Fonzo, el Defensor Público Alfredo Brouwer de Koning en la representación complementaria de la menor víctima, la Querella Particular representada por Laura Burone Felitti y el Fiscal Gustavo Martin.

El Tribunal, luego de escuchar los alegatos y la última palabra del imputado, lo condenó a la pena de 11 años y 6 meses de prisión, luego de declararlo Autor de Abuso Sexual Gravemente Ultrajante Agravado por la convivencia con menor de 18 años y la Guarda y Promoción a la Corrupción Agravada por la convivencia con menor de 18 años y la Guarda.

Los hechos fueron cometidos entre junio del 2021 y abril del 2022 en Santa Rosa de Calamuchita. No se consignan los datos del autor para evitar identificar a la víctima (menor de edad).

En tanto, el viernes 12, finalizaron tres audiencias en la Cámara en lo Criminal y Correccional de Río Tercero:
* En los autos “F., G.A. p.s.a. Abuso Sexual y etc.” se continuó con la audiencia iniciada en días pasados y se receptaron los últimos testimonios, emitieron los alegatos y la sentencia del juicio desarrollado bajo la presidencia de Guarania Barbero, con la asistencia del imputado G.A.F. (64) acompañado del Defensor Público (ad-hoc), Homero Gomez Palavecino, el Defensor Público Daniel Apóstolo Barbieri –en la representación complementaria de una víctima- y el Fiscal Gustavo Martin. El Tribunal, luego de realizados los pasos procesales mencionados, condenó al imputado a la pena de 12 años y 6 meses de prisión y $ 10.000 de multa, luego de declararlo Autor de los delitos de Abuso Sexual con Acceso Carnal Agravado por el Vínculo en Concurso Ideal con Promoción a la Corrupción Agravada por el Vínculo, Abuso Sexual Simple y Tenencia de Arma de Uso Civil sin la Debida Autorización Legal por tres hechos cometidos entre marzo del 2011 y junio del 2017, el 03-05-17 y el 19-03-24 en Corralito. No se consignan los datos del autor para evitar identificar a las víctimas (menores de edad, a la fecha de los eventos criminosos y una de ellas del entorno familiar del condenado).

* Luego de ello, en los autos “GHIA, Agustín Nicolás y otros p.ss.aa. Adquisición de Efectos del Delito y etc.” se realizó la audiencia de Suspensión del Juicio a Prueba solicitada por la defensa de Evelyn María Macarena Lencina (28), bajo la presidencia de José Argüello, con la asistencia de imputada acompañada del Defensor Público Daniel Apóstolo Barbieri y por la Fiscalía de Cámara, el prosecretario Esteban Bonfigli. El Tribunal, luego de escuchar la fundamentación de la solicitud del beneficio por parte de la defensa y la opinión de la Fiscalía, concedió el mismo por un hecho supuestamente cometido entre el 01-07-24 y el 17 del mismo mes en Embalse y que fueran calificados como Encubrimiento por Receptación.

* Posteriormente, en los autos “GHIA, Agustín Nicolás y otros p.ss.aa. Adquisición de Efectos del Delito y etc.” se llevó a cabo el juicio abreviado presidido por José Argüello y que contó con la asistencia en sala de los imputados Agustín Nicolás Ghia (25) con su defensor Alberto Vieytez Monrroy y Angel Stefano Reynoso Cuello (19) defendido por Aldo Pitaluga y por la Fiscalía de Cámara, el prosecretario Esteban Bonfigli. El Tribunal, luego de escuchar el contenido del acuerdo por parte de la Fiscalía y la defensa y el reconocimiento de los enrostrados, los condenó:
– A Agustín Nicolás Ghia a la pena de 3 años y 3 meses de prisión, luego de declararlo Coautor de Encubrimiento por Receptación y Autor de Resistencia a la Autoridad, Violación de Domicilio, Robo y Robo de Vehículo dejado en la Vía Pública en grado de Tentativa, por 4 hechos cometidos entre el 01-07-24 y el 17 del mismo mes en Embalse y en fechas 20-07-24 y 28-08-24 en Villa del Dique.
– Y a Angel Stefano Reynoso Cuello a la pena de 2 años de prisión en la forma de ejecución condicional, tras declararlo Coautor de dos hechos de Encubrimiento por Receptación cometidos entre el 01-07-24 y el 17 del mismo mes en Embalse y el 17-07-24 en Embalse.

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