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Carezzano propone crear un programa de alerta ambiental

RÍO TERCERO / MEDIO AMBIENTE / LA CONCEJAL ROMINA CAREZZANO PROPONE CREAR UN PROGRAMA DE ALERTA AMBIENTAL. “Estamos convencidos de que la ciudadanía cumple un rol fundamental en la implementación de la normativa ambiental y que de ello depende en gran medida la puesta en práctica de métodos de prevención y control”, sostuvo la concejal Romina Carezzano al presentar un proyecto de ordenanza para la creación del Programa “Emergencia Ambiente”, con la finalidad de crear una herramienta para que todos los vecinos puedan colaborar desde distintas plataformas u por distintos medios con el control del cuidado ambiental.

 

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El proyecto establece que en el sitio oficial del municipio deberá haber una plataforma con instrucciones para su uso, un espacio para cargar denuncias, entre otras herramientas.

Además, se deberá instrumentar una línea telefónica gratuita atendida por personal capacitado, y se deberá instrumentar una aplicación para teléfonos móviles gratuita con las mismas herramientas y funciones que la página web.

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El proyecto de ordenanza contempla la obligatoriedad de la Municipalidad de publicar las denuncias o procedimientos omitiendo la consignación de los datos personales de denunciante y denunciado en caso de existir. Solo cuando exista una resolución firme aplicando sanciones, se publicarán los datos de los sancionados.

“Cuidar en ambiente es responsabilidad de todos, y por ello seguiremos trabajando para construir herramientas para que podamos avanzar juntos”, expresó finalmente Carezzano.

 

 

PROYECTO DE HACEMOS POR CÓRDOBA

VISTO: Que el rol de los ciudadanos en la implementación y el éxito de los métodos de prevención y control de la normativa ambiental es esencial

Y CONSIDERANDO: Que el desarrollo y crecimiento de la sociedad genera un impacto negativo en el medio ambiente, lo que ha implicado la sanción en todo el mundo de normas que tienden a encauzar el desarrollo para hacerlo medioambientalmente sustentable.

Que muchas de estas normas son transgredidas, generando que los objetivos establecidos en las normas de cuidado ambiental se vean incumplidos.

Que para lograr la prevención de estas infracciones, y un efectivo control, haciendo más eficiente el sistema, contar con la participación de los ciudadanos es fundamental.

Que esta colaboración ciudadana resulta factible en atención a que en los últimos años se ha generado una gran conciencia ecológica, la que ha calado profundamente en las generaciones más jóvenes.

Que actualmente, la tecnología y los medios de comunicación existentes permiten disponer de vías diversas y que se adaptan a las posibilidades de toda la población.-

Que gracias a la información que puedan compartir los vecinos, a través de la denuncia de contravenciones, podrá ser utilizada en primer lugar para prevenir y sancionar las mismas, pero al mismo tiempo para elaborar planes de intervención, prevención y promoción que tengan en cuenta cuales son las normas más frecuentemente transgredidas, permitiendo asimismo generar campañas de educación dirigidas hacia aquellas temáticas más problemáticas.

 

 

Art. 1) Créase el programa denominado «EMERGENCIA AMBIENTE’, el cual funcionará dentro del área que determine la reglamentación de la presente.

Art. 2) El programa contará con una página Web, dentro del sitio oficial de la Municipalidad de la ciudad de Río Tercero, y deberá contener:

  • Un instructivo claro y preciso de la utilización del sitio web;
  • Un espacio para cargar nuevas denuncias, el cual constara de un formulario en el cual el vecino detalle la denuncia a efectuar y un plano interactivo en el cual se pueda marcar el lugar de ocurrencia del hecho denunciado;
  • Un buscador de denuncias y expedientes en proceso o finalizados.
  • Un clasificador de hechos/infracciones con las siguientes categorías: a) disposición de basura en lugares no permitidos b) vertido de aguas servidas c) daños al arbolado urbano d) daños en reserva natural e) Otros.
  • Un clasificador de bienes afectados con las siguientes categorías: a) Vía pública; b) Curso de agua; c) Especie vegetal; d) Especie animal; d) Otros.
  • Un espacio para cargar Fecha y Hora
  • Un espacio para cargar Imagen y/o video.

Art. 3) El programa instrumentará una línea telefónica gratuita atendida por personal capacitado que completará el formulario y mapa de denuncia referido en el artículo anterior.

Art. 4) El programa contará asimismo con una aplicación para teléfonos móviles, que podrá ser descargada gratuitamente por los vecinos y que dispondrá de las mismas herramientas y funciones que el sitio web.

Art. 5) Las denuncias y los procedimientos llevados adelante por la Municipalidad a raíz de las mismas deberán ser publicadas en los sitios web y app.

Art. 6) En la publicación de las denuncias y expedientes labrados, se omitirá la consignación de datos personales del denunciante y del denunciado, en caso de existir, salvo en aquellos casos en que el procedimiento se encuentre concluido y se hubieran impuesto sanciones por haberse corroborado las infracciones denunciadas, en cuyo caso se publicaran los datos del responsable sancionado.

Art. 7) La autoridad de aplicación del presente programa será la Dirección de Medio Ambiente de la Municipalidad de Río Tercero o la que en el futuro la reemplace.

Art. 7) De forma.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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