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Homicidio culposo: la Cámara del Crimen reduce la condena por acuerdo económico entre el imputado y la querella particular

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RÍO TERCERO / CÁMARA DEL CRIMEN / JUICIOS / ACCIDENTE DE TRÁNSITO / CULPOSO / En el día de ayer, en el segundo juicio del día, en los autos «GIRAUDO, Pablo Gabriel psa Homicidio Culposo Agravado» se desarrolló la audiencia (en juicio abreviado) presidida por Marcelo Ramognino, con la asistencia en sala del secretario Leonardo Galanti, el imputado Pablo Gabriel GIRAUDO (31) defendido por David Bergagna, la querellante particular acompañada por su representante Juan Manuel Giraudo y el Fiscal Gustavo Martin.

Luego de escuchar el contenido del acuerdo por parte de la Fiscalía y la defensa y el reconocimiento del enrostrado, el Tribunal lo condenó a la pena de 2 años y 9 meses de prisión en la forma de ejecución condicional como autor de Homicidio Culposo Agravado por un hecho cometido el 28 de abril de 2021, entre una camioneta manejada por Giraudo y lamentablemente embistió a un joven que circulaba en motocicleta entre Hernando y Gral. Fotheringham.

En la valoración de la pena, expuso el Fiscal que se había tomado en consideración el acuerdo económico arribado entre imputado y querellante y que tuvo por virtud la reducción de la extensión del daño causado por el delito (art. 41 CP). Además, el imputado recibió la pena la Inhabilitación para manejar por el término de cinco años, cómo impone el art. 84 bis del CP.

 

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