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Mega Ferias: Nico de Nuevas Ideas presenta su propio proyecto

 

CONCEJO DELIBERANTE / PROYECTO DE ORDENANZA. RÉGIMEN ESPECIAL DE FERIAS COMERCIALES DE COMERCIANTES DE OTRAS JURISDICCIONES / El bloque político de Nuevas Ideas, de Nicolás Rodríguez presentó un proyecto de ordenanza sobre las Mega Ferias.  Para el edil Rodríguez  la libertad comercial resulta natural y directa consecuencia del derecho a la propiedad, piedra basal de la manda constitucional y del propio sistema republicano de gobierno.

«Es necesario garantizar mediante instrumentos específicos en el ordenamiento jurídico, el libre ejercicio de la actividad comercial en nuestra ciudad, garantizando el derecho de los vecinos para consumidores y comerciantes de bienes y servicios», expresa.

 

Para el bloque de Nuevas Ideas, la reciente ocurrencia de ferias comerciales de comerciantes de otras jurisdicciones ha suscitado controversias de diversa índole. «Las que deben ser necesariamente saldadas a fines de garantizar la previsibilidad jurídica de todo potencial inversor, incentivando y promoviendo activamente el desarrollo de actividades comerciales y el desarrollo del sector privado de la economía local», detalla el edil.

 

 

QUÉ PROPONE

  • De acuerdo a lo establecido en el artículo 14º de la Ordenanza Tarifaria y el artículo 206º de la Ordenanza Impositiva vigente, fíjese en el uno como uno por ciento (1,1%) la alícuota que se le aplicará a los comerciantes de otras jurisdicciones que realicen actividades económicas transitorias, bajo la modalidad de  ferias comerciales.
  • Aquellos comerciantes de otras jurisdicciones que libre y espontáneamente decidan cumplir con algunos de los siguientes supuestos en el marco de la realización de la feria comercial, dispondrán de los siguientes beneficios:

a) En caso de probar fehacientemente haber contratado hasta un setenta (70%) de empleados con domicilio real en la ciudad, la alícuota se reducirá un céntimo por ciento (0,1%).

b) En caso de posibilitar y fomentar eficazmente la realización de ferias o paseos gastronómicos adyacentes al evento privado, con participación de comerciantes del ámbito local, la alícuota se reducirá un céntimo por ciento (0,1%).

c) En caso de posibilitar y fomentar eficazmente la realización de ferias de comerciantes locales, ferias de artesanos  o paseos comerciales eventuales de emprendedores del ámbito local, la alícuota se reducirá un céntimo por ciento (0,1%).

 

 

 

  • Disponer de los montos resultantes de la recaudación de la presente contribución, serán dispuestos mediante criterio de afectación específica, resultando como destino en primer término la cobertura de la totalidad de gastos operativos, de logística y recursos humanos dispuestos por el Estado Municipal en pos de la realización del evento privado y en segundo término:

a) el sesenta por ciento (60%) de lo recaudado será destinado a obras de infraestructura en el sector comercial del casco céntrico de la ciudad.

b) el cuarenta por ciento (40%) restante sobre el total de lo recaudado, será destinado a obras de infraestructura en los sectores comerciales de los restantes barrios de la ciudad.

 

 

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