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El médico Juan Pablo Peirone fue sobreseído por el juez Reyes de los Tribunales locales

Violencia de género. Se conocen detalles del sobreseimiento contra Juan Pablo Peirone

Para el político y cardiólogo Juan Pablo Peirone, el año 2011, fue un momento en su vida con complicaciones personales y la dura derrota política por segunda vez, en manos de su archienemigo Alberto Martino. Cabe recordar que el médico cardiólogo, fue electo como concejal en 2011 por el Frente Todos Por Río Tercero, cosa que después desistió de su banca.

Uno pide a nuestros políticos que tengan acciones de transparencia en sus acciones privadas, que repercuten en la vida institucional de la ciudad.

En ese mismo año el líder del Frente Todos Por Río Tercero afrontó una causa caratulada “Peirone, Juan Pablo, Amenazas. Expte. SAC 1329725”, en la cual fue acusado por su esposa de arrastrarla por la escalera, en un confuso episodio que luego la mujer desestimó en la comisaría local en el área de la Mujer.

“La violencia de género y la violencia contra las mujeres son conceptos directamente vinculados a la “desigual distribución del poder y la asimétrica relación que existe entre hombres y mujeres en nuestra sociedad que perpetua la discriminación de la mujer y su subordinación al hombre”.

La causa en la cual Peirone fue sobreseído en noviembre de 2014 por el Juez Reyes, la cual los fundamentos de la causa tiene condimentos y sustentos “débiles en defensa de violencia de género «.

Qué paso?. Un 10 de noviembre de 2011. V.B., esposa de Peirone, ingresa una denuncia en la comisaría: “..se disponía a ingresar a su domicilio sito en calle R.S.P., en cuyo interior se encontraba el prevenido Juan Pablo Peirone, luego de abrir la puerta éste le impidió el ingreso, mientras insultándola le habría manifestado que le iba a quitar a su hija”, cita la denuncia.

Luego la víctima declara: “logra ingresar al domicilio y ver a su hija que dormía. Así las cosas, Peirone le habría tomado de los cabellos y arrojándola al piso la arrastró por la escalera, logrando sacarla fuera de la casa, produciendo como consecuencia dolor e hiperemia en ambas rodillas…”.

Esa misma noche, la mujer de Peirone comparece en horas de la noche ante la URDTA (Comisaría de Distrito Río Tercero), área de la Mujer manifestando que: “a pesar del conflicto actual y la situación que está pasando quiere por el momento dejar sin efecto la iniciación de las acciones penales ni que la situación empeore y que por el fin de semana permanecerá en el domicilio de su madre.”

El segundo hecho ocurrido según el expediente, el médico Peirone habría concurrido al día siguiente a la casa de una amiga de su esposa done tras golpear la puerta y queriendo abrir la puerta se pone nervioso, y que iba a voltear la puerta sí o sí., detalla el expediente.

CARTA ORGÁNICA

La Carta Orgánica Municipal expresa sobre la Violencia de Género que fue tratada por todos los partidos políticos de la ciudad. Artículo 34.  Mujer. El Estado Municipal impulsa la integración de la mujer en todos los ámbitos sin discriminación alguna; presta especial consideración, atención y protección a la mujer desamparada y maltratada, garantizando la igualdad de oportunidades mediante acciones positivas de género.

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