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La Afip precisó los alcances de la devolución del 21% del IVA

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NACIONAL / Entrará en vigencia el lunes e incluirá todos los productos de la canasta alimentaria.

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip)Carlos Castagneto, detalló ayer los alcances y la modalidad que tendrá el programa de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las compras de artículos de la canasta básica para trabajadores con salarios de hasta 708.000 pesos, jubilados y pensionados, beneficiarios de Asignación Universal por Hijo (AUH) y monotributistas. Además, no descartó la posibilidad de que, en una segunda etapa, se incluyan a las billeteras virtuales como medio de pago.

 

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“Desde ayer estamos trabajando en la modificación de los sistemas. Hay que articular con los bancos y redes de tarjetas de débito. El lunes ya lo tendremos en marcha”, aseguró Castagneto, quien señaló que la devolución del IVA se producirá en las 48 horas después de realizada la compra con la tarjeta de débito, aunque aseguró que, una vez que “las tarjetas adapten sus sistemas”, el tiempo de devolución “será reducido a 24 horas”.

La medida tendrá un tope de devolución de 18.800 pesos y abarcará a todos los trabajadores que cobran salarios menores a 708.000 pesos, beneficiarios de la AUH (que tenían un tope de reintegro de $ 4.056 por mes), 2.300.000 de monotributistas que no perciben otro ingreso y 440.000 empleadas domésticas. También, los 7.000.000 de jubilados y pensionados de todo el país (incluyendo cajas provinciales), aunque queda por ver cómo se armoniza con otros beneficios ya vigentes, como la devolución del 15% -con el mismo tope de $ 18.800- en compras realizadas en farmacias, comercios y mayoristas.

 

 

Para acceder al beneficio – que devolverá el 21% del IVA de estos productos- solo se deberá abonar con tarjeta de débito de manera física, por ahora no incluirá los pagos virtuales.

Luego de la transacción, el monto será reintegrado a la cuenta bancaria asociada a dicha tarjeta en un máximo de 48 horas. La medida tendrá vigencia hasta el próximo 31 de diciembre, pero el Poder Ejecutivo enviará un proyecto de ley para extender el beneficio en el tiempo, actualizándose automáticamente el tope mensual de reintegro a un valor equivalente al 21% del valor de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) para cuatro integrantes.

 

 

“Esta medida es más que una devolución del IVA porque hay productos como la leche que no están gravadas con ese impuesto u otros que poseen distintas alícuotas, pero en donde igual se va a dar la devolución. Por lo tanto, el impacto va a ser mayor en la canasta básica”, explicó Castagneto, quien confirmó que “abarcará a todos los comercios”. También, precisó que el límite mensual de reintegro es por persona y no por grupo familiar, y que no es acumulable: es decir, si una persona es monotributista y, al mismo tiempo, trabaja en relación de dependencia, tendrá un límite de 18.800 pesos en total. En ese sentido, cada persona “será identificada con el CUIL o CUIT en la base de datos para topear el límite” de ese monto.

La canasta incluye pan, galletas de agua, galletas dulces, arroz, harina de trigo y de maíz, fideos, papa, batata, azúcar, dulces (batata, mermelada, dulce de leche), legumbres secas (lentejas y arvejas), hortalizas (acelga, cebolla, lechuga, tomate perita, zanahoria, zapallo, etc.), frutas, carnes (asado, carnaza común, paleta, carne picada, nalga, pollo, carne de pescado), menudencias, fiambres, huevos, leche, queso (queso crema, queso cuartirolo, queso para rallar), yogur, manteca, aceite, bebidas alcohólicas y no alcohólicas, sal fina y condimentos, café y yerba.

 

 

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