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Golpe a la comercialización de drogas de Río Tercero. Condenan a tres riotercerenses

RÍO TERCERO / JUICIO EN LOS TRIBUNALES DE RÍO TERCERO / En el día finalizó un juicio en la Cámara Criminal y Correccional de Río Tercero contra Paola Altamira, Alberto Julián Díaz y Nicolás Alberto Díaz por comercialización de estupefaciente Agravada”. Los condenados comercializaban drogas y estupefacientes desde barrio Montegrande.

 

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En la audiencia de debate abierto y bajo la presidencia de Guarania Barbero, con la presencia en la sala de audiencias de la secretaria Claudia Franco, los defensores Mario Bongianino e Iván Rivarola y el Fiscal Gustavo Martin, mientras que los imputados Paola Alejandra Altamira (44), Alberto Julián Díaz (45) y Nicolás Alberto Díaz (27) lo hicieron por videoconferencia desde los establecimientos penitenciarios.

 

 

Incorporadas las pruebas y escuchadas las conclusiones de las partes, el Tribunal (previo declarar la inconstitucionalidad del monto de pena previsto en el art. 5 de la Ley 23.737) condenó a Paola Alejandra Altamira a la pena de 4 años y 8 meses de prisión, 67,5 UF y $ 1.000 de multa como coautora de Comercialización de Estupefacientes Agravada por la Cantidad de Personas y Tenencia Ilegal de Arma de Uso Civil en Concurso Real; a Alberto Julián Díaz a la pena de 4 años y 10 meses de prisión, 67,5 UF y $ 1.000 de multa como coautor de Comercialización de Estupefacientes Agravada por la Cantidad de Personas y Tenencia Ilegal de Arma de Uso Civil en Concurso Real; y a Nicolás Alberto Díaz a la pena de 4 años y 6 meses de prisión y 67,5 UF de multa como coautor de Comercialización de Estupefacientes Agravada por la Cantidad de Personas.

 

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Como ocurre siempre en los delitos de narcotráfico, la Fiscalía defendió la validez constitucional de la escala penal mencionada y había solicitado se sancionara (con idéntica calificación legal que la dispuesta por el Tribunal) a Paola Alejandra Altamira a la pena de 6 años y 6 meses de prisión, 67,5 UF y $ 5.000 de multa; a Alberto Julián Díaz a la pena de 6 años y 8 meses de prisión, 67,5 UF y $ 1.000 de multa; y a Nicolás Alberto Díaz a la pena de 6 años de prisión y 67,5 UF de multa.

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