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Jubilados docentes protestan a favor de la derogación de la leyes 10.694 y 10.333

RÍO TERCERO / JUBILADOS DOCENTES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA SE MOVILIZARON POR LAS CALLES DE LA CIUDAD. En el día de hoy, unas 20 personas mostraron su descontento en la Plaza San Martín, solicitando las derogaciones de las leyes 10.333 y 10.694. La protesta apunta a las políticas jubilatorias que tiene actualmente docentes jubilados. «Pretendemos el 82% móvil, cobro unos 68 mil pesos con 32 años de servicios», se queja Silvia que participó de la marcha.

En ese sentido, Norma mostró su queja: «Solicitamos la urgente derogación de una ley provincial que nos perjudica económicamente, ya que en la actualidad cobramos el 64 por ciento del sueldo de un activo.  Es para ello que solicitamos que firmen el petitorio para que se lo entreguemos a las autoridades». Aquí el enlace para firmar el petitorio: https://www.facebook.com/groups/1144889279417700/».

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Finalmente, Silvia,  jubilada docente expresó al portal de noticias: «Cuesta mucho asumir, que no cobramos bien. La realidad de la protesta indica que hay un estatus que el docente no lo quiere perder. Y que en muchos casos para vivir seguimos dando clases particulares y tenemos otros trabajos».

¿DE QUÉ SE TRATA?
  • MOVILIDAD DE HÁBERES JUBILATORIOS. Los aumentos a las y los jubilados se abonarán al mes siguiente a que ingresen los recursos a la Caja; es decir, a los 60 días de que los perciban los activos. El aumento del 3,81 % que los docentes activos percibiremos con los haberes del mes de mayo, los jubilados lo percibirán con los haberes del mes de julio.
  • CÁLCULO DEL HABER INICIAL JUBILATORIO.  La nueva ley NO AFECTA EL CÁLCULO del 82 % MÓVIL: continuará siendo como lo es actualmente, es decir el 73 % (Salario Bruto, menos el aporte personal del 11 % = 89 %; a ese resultado se le aplica el 82 %). En la Negociación Salarial del mes de marzo, los aumentos para el año 2020, se fijaron con una rebaja de los aportes personales (que quedaron finalmente en el 11 %). En este punto, el régimen docente queda igual que como estaba en la Ley 10.333.
  • MODO EN EL CÁLCULO DEL HABER INICIAL. Dicho cálculo era sobre las últimas 48 remuneraciones mensuales (4 años), ahora se realizará sobre las últimas 120 remuneraciones mensuales (10 años), actualizados por el índice de actualización salarial. Esta modificación es muy lesiva para el cálculo del haber inicial, puesto que normalmente los docentes no alcanzan en los últimos 10 años de labor, el porcentaje máximo de antigüedad posible de 150% (a los 30 años de servicio). Además, si el docente asciende en el escalafón, se tomará para el cálculo del haber inicial los aportes, según el o los cargos desempeñados, de los últimos 10 años.
  • PENSIONES. Hasta la sanción de esta Ley, se abonaban sin ninguna deducción durante el primer año (82%), y a partir del segundo año se abonaba el 75 % del haber. A partir de la sanción de esta Ley, el pensionado cobrará el 70% desde la primera liquidación.
  • Con la Ley 10.333 el Gobierno cambia la BASE DE CÁLCULO DEL HABER JUBILATORIO, aplicándole una reducción del 11% al cálculo del 82% que le hacíamos con anterioridad.

 

 

 

 

 

 

 

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Un comentario

  1. Me gusto la corrección y opinión del ciudadano Félix Perez, en su comentario de un suceso en río tercero.
    Respecto a los maestros y su reclamo jubilatorio tanto a nivel provincial como nacional es una vergüenza. Las autoridades del ejecutivo deberían darse cuenta y modificar los sueldos, sobre todo los jubilados.

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