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Otro accidente de tránsito…otro homicidio culposo…otra condena de ejecución condicional

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RÍO TERCERO /CÁMARA DEL CRIMEN DE LOS TRIBUNALES DE RÍO TERCERO / En el día de ayer lunes 7 de junio se realizó una audiencia en la Cámara Criminal y Correccional de Río Tercero, donde Juan Pablo Riberi de 34 años fue condenado  a tres años de cárcel en forma condicional como autor de homicidio culposo, donde una joven murió en un accidente de tránsito en la madrugada en barrio Belgrano, un 19 diciembre en 2013.

 

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UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO, UN HOMICIDIO CULPOSO

El hecho ocurrió en la madrugada alrededor de las 03:50 en la intersección de las calles  Peñaloza y General Roca en barrio Belgrano.  La joven venía por la primera calle y el auto por la otra, la moto impactó en el guardabarros y puerta delantero del auto. Posteriormente la joven falleció por las lesiones ocasionadas en el accidente.

En tanto, se pudo conocer por fuentes oficiales, que el auto era conducido por Juan Pablo Riberi y la moto una Guerrera Day por D.V. Salgado. «El auto venía a 34 km/h, que no es excesiva para el desplazamiento, pero sí para cruzar una intersección y claramente no tenía el perfecto dominio del rodado (como exige la ley de tránsito)», expresaron fuentes judiciales.

 

 

LA CONDENA

En los autos “Riberi, Juan Pablo p.s.a. Homicidio Culposo”, el juicio fue en modalidad abreviada bajo la modalidad presencial con la presidencia de José Argüello, y la presencia en la sala de audiencias de la secretaria Claudia Franco, el imputado Juan Pablo Riberi (34), acompañado de sus defensores Cesar Ottonello y Mayco Ponsso, la Querellante Particular Elizabeth Salgado con el asesor letrado Alfredo Brower de Koning y el Fiscal Gustavo Martin.

El Tribunal luego de escuchar la fundamentación del acuerdo por parte de la Fiscalía y la defensa, el reconocimiento del imputado y la oposición a la realización del debate bajo la modalidad abreviada fundamentada por el representante de la querellante particular, condenó al imputado a la pena de tres años de prisión en la forma de ejecución condicional como autor de homicidio culposo. El hecho por el que fue condenado ocurrió el 19 diciembre en 2013 en esta ciudad.

 

REFERENCIA CÓDIGO PENAL

  • Artículo 84: Será reprimido con prisión de uno (1) a cinco (5) años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco (5) a diez (10) años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo causare a otro la muerte.
  • En los homicidios dolosos las penas van de 8 a 25 años de prisión y en algunos supuestos son castigados con prisión perpetua. … El delito de homicidio consiste en la acción de matar a otra persona, es decir que es un delito contra la vida humana.

 

 

 

 

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