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Caso Yanina Lucero: el Municipio aclara sus responsabilidades

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ALMAFUERTE / CASO YANINA LUCERO / El hecho ocurrió el 15 de enero en una vivienda de la localidad de Almafuerte, cuando Yanina Lucero de 39 años falleció en su vivienda particular luego de sufrir una descarga eléctrica. Por el hecho Intervino la Fiscal de Instrucción Paula Bruera que dispuso una autopsia y el cierre preventivo de la vivienda hasta que esté en condiciones de seguridad en las instalaciones eléctricas.

En tanto, desde el espacio Hacemos por Almafuerte solicitan la renuncia del funcionario responsable del área del Cementerio señor Marcelo Cabral.

 

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QUÉ DICE EL MUNICIPIO

Cerca del mediodía de hoy viernes, las autoridades municipales informaron los resultados de una auditoría preliminar  sobre los hechos relacionados con el deceso de Yanina Lucero

«Los resultados de todas las auditorías serán puestas a disposición de la Justicia y del Ministerio de Salud Provincial para el esclarecimiento de la causa y la adopción de las medidas correspondientes. Así cómo se pondrán también a disposición de la ciudadanía para que puedan analizar el accionar del equipo de gestión municipal y demás actores individuales e institucionales involucrados», detalla la misiva oficial.

Para el Municipio el deceso se produjo en el interior de una propiedad privada, en un hecho que la justicia investiga baja la carátula de muerte “de etiología dudosa”. Es decir que no se produjo ni en la vía pública ni en cualquier otro espacio público que fuera responsabilidad de la Municipalidad.

 

 

 

VIVIENDA SIN PROTECCIÓN ELÉCTRICA

«Ante las públicas declaraciones del esposo de la persona fallecida, de que la Justicia no ha podido encontrar el origen de la pérdida y de que ahora debe afrontar el costo de un electricista matriculado. Renovamos y hacemos público nuestro ofrecimiento de poder colaborar con esta tarea para poner en regla aquellos elementos del sistema de protección eléctrica que estén rotos o de los cuales la vivienda carezca», expresan desde el Municipio

  • ¿Fue la atención del servicio de salud deficiente?

«La atención del servicio de salud puede ser dividida en dos momentos: La atención de emergencia en el lugar y la realizada en el Hospital Municipal. En primero lugar, el servicio de atención domiciliaria fue procedido por la empresa SUMA, esta es una empresa privada cuyo control médico corresponde al Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba mediante el Registro Único de Prestaciones de Salud (RUGEPRESA). 

En tanto, el informe que brinda sobre el accionar del Hospital municipal detallan: «Con respecto a la atención brindada en el Hospital Municipal Salvador Scavuzzo, el cual si depende de esta Municipalidad, la auditoría preliminar indica que la atención fue correcta y que una vez constatado el deceso se ajustaron a los lineamientos establecidos en el PROTOCOLO DE MANEJO DE ÓBITOS – COVID-19 APROBADO POR RESOLUCIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. N° 0383/2020».

 

 

  • ¿Se ajustó el velatorio a los lineamientos del Protocolo de Manejo de Óbitos de la Provincia de Córdoba?

Los servicios velatorios son realizados exclusivamente por la Cooperativa de Servicios Públicos Almafuerte Ltda. Los lineamientos que establece el Protocolo Provincial citado para el momento del velorio son los siguientes (Resaltadas las disposiciones del Protocolo y sin resaltar lo finalmente aplicado):

  • Está prohibida la celebración de velorios en domicilios, estos deben hacerse en un lugar determinado especialmente para ello y a ataúd cerrado. Se cumplió con la obligación de realizar el velorio a cajón cerrado y en un lugar especialmente determinado: la Sala Velatoria de la Cooperativa.
  • La asistencia está restringida al núcleo directo del fallecido con un número máximo de 10 personas, no obstante, esa cantidad podrá ser menor en función de la capacidad y el espacio físico disponible. No se limitó el número de asistentes.

 

 

  • No pueden asistir quienes en ese momento sean “COVID-19 positivo” o “contacto estrecho”, ellos deben permanecer en aislamiento, por el riesgo de contagio y diseminación de la enfermedad. Participaron del velorio familiares que era contactos estrechos y de acuerdo al protocolo provincial no se les debería haber permitido.
  • Todo el proceso debe tener una duración máxima de 60 minutos. Por expreso pedido del Intendente Rubén Dagum al Presidente de la Cooperativa Luciano Callovi se permitió la ampliación del velatorio durante 3 horas, superando lo que establece el protocolo.
  • Se recomienda no utilizar decoración durante las ceremonias (velas, flores o fotos, entre otros), con el fin de evitar la cadena de contagio. No se establecieron limitaciones a los objetos destinados al homenaje que quisiera acercar la familia.
  • Los asistentes deben cumplir con distanciamiento físico de mínimo de dos metros entre cada persona, utilizar barbijo y realizar higiene de manos de manera frecuente. No se cumplió con el distanciamiento físico que impone el decreto provincial.
  • Luego de ocurrida la ceremonia, el lugar se debe desinfectar. La desinfección se realizó de manera correcta de acuerdo a los protocolos.

 

  • ¿Fue el entierro apropiado?

En este punto, los familiares expresaron por medios locales su descontento sobre la metodología. Sobre ese punto las autoridades afirman que el entierro siguió los parámetros establecidos en el protocolo COVID-19.

«Sin embargo, entendemos que el hecho de tapar la tumba con una pala mecánica ante la presencia de la familia fue un acto de falta del debido respeto, por ello se está realizando una auditoría interna para que el/los responsable/s de tomar tal decisión sea quien fuere, sean sometidos a sumario administrativo y de acuerdo a los resultados se actuará conforme lo indique el estatuto municipal. Es una decisión de esta Municipalidad tratar a todos con el debido respeto, y más aún cuando se trate de fallecidos y sus familiares», subraya el comunicado.

 

 

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https://www.elojoweb.com.ar/caso-yanina-lucero-para-la-fiscalia-esa-vivienda-no-estaba-en-condiciones-electricas/

POR JUSTO DAGORRET /  La muerte de Yanina Lucero, no solo trae dolor y congoja que se defina como una pena intensa e incontenible que se exterioriza con llanto o quejas. El fallecimiento de Yanina fue a causa de una mala conexión eléctrica domiciliaria.

Es más, la Fiscalía interviniente de la causa hizo hincapié sobre la causa que provocó la muerte de la mujer. El lugar o patio donde estaba colocada la pileta de lona con agua no había un disyuntor salvavitas y ese es el punto central. Yanina fue víctima de la precariedad de un sistema eléctrico domiciliario.

Por otro lado, el peregrinar de familiares por medios locales para desprestigiar al Municipio y culpar a terceros, revela la maniobra política preexistente, algo que es reprochable desde todo punto de vista.

También hay que decir, que los protocolos sobre el entierro con cuerpos con coronavirus y tiene un manual establecido por el Gobierno de la Provincia. Sobre eso, el Municipio realiza una auditoría interna para conocer si se cumplió debidamente los pasos administrativos en estos tipos de casos.

El resto, solo decir que Yanina Lucero debe descansar en paz, principal motivo de esta opinión. 

 

 

 

 

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